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OBJETO DE LA LEY FEDERAL PARA PREVERNIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN.

CONDUCTAS QUE SE CONSIDERAN DISCRIMINATORIAS:

SEGUN LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN ¿QUÉ SE ENTENDERA POR DISCRIMINACIÓN?

¿QUÉ ES EL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN ?

A QUIENES ESTÁN DIRIGIDAS LAS MEDIDAS POSITIVAS Y COMPENSATORIAS EN LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN Y ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN:

EL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN TIENE POR OBJETO:

Es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Para el desarrollo de sus atribuciones, el Consejo gozará de autonomía técnica y de gestión; de igual manera, para dictar las resoluciones que en términos de la presente Ley se formulen en los procedimientos de reclamación o queja, el Consejo no estará subordinado a autoridad alguna y adoptará sus decisiones con plena independencia

Impedir educación pública o privada, Difundir papeles contrarios a la igualdad o condiciones subordinadas, prohibir elección de empleo, establecer diferencias en la remuneración, prestación de dinero, limitar el acceso a programas de capacitación, negar o limitar el numero de hijos, negar o condicionar atención médica, negar condiciones de derecho de participación política, impedir el ejercicio de los derechos de propiedad, atentar contra la dignidad humana, impedir la libre elección de cónyuge, restringir el acceso a la información, explotar o dar trato abusivo o denigrante, etc.

Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones.

[Pista de audio]

Prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del Artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.

1. Mujeres 2. Niñas y Niños 3. Personas mayores de 60 años 4. Personas con discapacidad 5. Población indígena