Todo lo que se aporte al juicio puede ser objeto de refutación y que las partes tendrán a su disposición los mismos elementos para demostrar que les asiste la razón.
Noción de un derecho penal mínimo que intenta poner fuerte y rígidos límites a la actuación del poner punitivo del Estado.
Obligación de informar a toda persona de los derechos que le asisten, debe ser realizada de manera amplia y detenida, a efecto de ser comprendida.
Garantías penales sustanciales o sustantivas que tienen por objeto la averiguación de la verdad jurídica
Significa, que toda persona debe tenerse por inocente hasta que exista una sentencia firme de autoridad competente en la que se le tenga como responsable de la comisión de un delito.
El ámbito de tutela se genera a partir de considerar a la intimidad como un bien jurídico constitucional y legalmente protegido no es fácil de determinar.
Garantías penales procesales que tienen por objetivo la averiguación de la verdad fáctica
Cualquier persona interesada puede asistir a la sala del juzgado de que se trate y ver el desarrollo de las actuaciones procesales.
Se obtiene violando derechos fundamentales y establece que su consecuencia será la nulidad de la misma.
Cuando se toma conocimiento de hechos punibles, puede no iniciarse o suspenderse la persecución penal, por razones de conveniencia, de utilidad o de asignación de recursos.
Principio de exclusión de la prueba ilícitamente obtenida
Principios de estricta legalidad, taxatividad, lesividad, materialidad y culpabilidad
Deber de informar de sus derechos a todo detenido
Principio de oportunidad
Principio de contradicción
Principios de contradicción, recolección de pruebas, desarrollo de la defensa, la carga de la prueba para el que acusa, la oralidad y la publicidad del juicio, formulación de la acusación, etc.
Garantismo en materia penal
Principio de presunción de inocencia
Principio de publicidad
Principio de intimidad y privacidad