1
Implica que el fin de realizar la lesión al bien jurídico tutelado suceda en un solo momento y no exista la posibilidad de prolongarlo.
2
Es el conjunto de lineamientos sistematizados y estructurados que determinan la integración o desintegración de una conducta considerada por la ley penal como delito.
3
Es todo acto o comportamiento, de naturaleza externa
4
Tipos de conducta que implican la lesión al bien jurídico tutelado, como el patrimonio, la vida, la salud y la libertad sexual; generalmente se establecen en la ley penal.
5
Tipo de conducta que lleva inmersa la intención de ejecutar actos idóneos a la consumación de un delito, pero éste no llega a producirse por causas ajenas al activo.
6
Conducta en la cual hay dolo, pero no hay intencionalidad de producir el resultado dañoso, sino que ésta se da debido a la falta de reflexión, precaución o cuidado que le corresponde al sujeto activo