Créer une activité
Jouer Relier Colonnes

Certificado de Deposito

El Protesto

Letra de Cambio

Certificado Fiduciario

El Vale

Factura Cambiaria

Cheque

Bono de prenda

Pagaré

Cédula Hipotecaria

Debentures

El Aval

Titulo de crédito a la orden, formal o al portador, formal y completo que tiene fondos disponibles y ha sido autorizado para ello por el librador, de pagar una suma de dinero a su legitimo tenedor.

Es un contrato por el cual una persona llamada fideicomitente transmite determinados bienes y derechos a otro llamado fiduciario.

Es un título de crédito por el cual la persona que lo firma se reconoce deudora de otra, por el valor de bienes entregados o servicios prestados y se obliga a pagarlos

Es un título de crédito representativo de la propiedad de los productos o mercancías depositadas en un Almacén General de Depósito, en el que también se contiene el contrato celebrado entre depositante y depositario

Constituye una garantía dada por una persona de que el título será pagado a su vencimiento.

Se origina de una compraventa de mercaderías cuyo precio se paga en forma diferida, la que se extiende únicamente si el negocio no originó otra variedad de títulos de crédito

Son títulos de crédito que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad anónima.

Es un título de crédito mediante el cual el sujeto que lo libra o crea promete pagar una cantidad de dinero al beneficiario que se indique sin que pueda sujetarse la obligación a condición alguna

Tiene la especialidad de estar garantizada, en cuanto a un futuro cumplimiento de la obligación a la que se refiere, con un derecho real de garantía, lo cual le da más seguridad al sujeto beneficiario de la misma, y le permite utilizarla como título ejecutivo en la vía de apremio.

Titulo representativo de mercaderías, para concertar una relación de crédito, con garantía de la mercadería que el titulo especifica.

Titulo por el cual una persona llamada librador, crea una obligación cambiaría que debe pagarse a su vencimiento, en la cantidad dineraria que se indique y a la persona que se indique en el título o a la que resulte legitimada para cobrarla.

Acto notarial, con el objeto de requerir la aceptación o el pago del mismo y comprobar el hecho de la presentación y actitud del requerido.