Definiciones en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Si quieres saber más visita: http://fpfol.jimdo.com/f-o-l/ut-1-evaluación-de-riesgos-profesionales/
El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
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La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo
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Para calificar un riesgo desde un punto de vista de su gravedad, se valoraran
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Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo
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Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores
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Se entenderán como aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan
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Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo
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Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
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Define el concepto "equipo de protección individual"